Resumen del criterio jurisprudencial
En audiencia de preparación de juicio oral, ante incidencia de la Defensa de corrección del procedimiento, el Juez de Garantía conminó al fiscal a modificar la pena solicitada. Ante la negativa del fiscal, el Juez decretó el sobreseimiento definitivo de acuerdo al artículo 270 del Código Procesal Penal, resolución que fuera apelada por el Ministerio Público y confirmada por la Corte de Apelaciones. Por su actuar abusivo al inmiscuirse en sus atribuciones privativas, el fiscal interpuso un recurso de queja. La Corte Suprema, haciendo suyos los argumentos del Ministerio Público, acogió el recurso señalando que de acuerdo al artículo 259 del Código Procesal Penal es el Ministerio Público quien determina el delito por el cual formula acusación, así como la pena, determinando de esta manera también el procedimiento a seguir. Siendo así, no le está permitido a un Juez de Garantía, a pretexto de corregir vicios formales, inmiscuirse en la pena solicitada por el fiscal, como tampoco en el tipo de procedimiento solicitado por éste. Agregó, además, que al exigir la modificación de la pena atendido el grado de desarrollo del delito, supuso un juzgamiento a priori que le estaba vedado por corresponder a temas sustantivos propios de los jueces de fondo. el recurso de queja materia de este fallo, en contra de los Ministros Sres. Virginia Bravo Saavedra, Renato Campos González y Hugo Faúndez López. Y teniendo en consideración: 1.– Que el recurrente funda su recurso en el hecho que en los referidos antecedentes, se presentó acusación fiscal en contra del imputado por el delito de robo con fuerza en sitio no destinado a la habitación en grado de frustrado, pidiendo el Fiscal se impusiera la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio. Agrega que en la audiencia de preparación del juicio oral se promovió por parte de la Defensoría Penal Pública incidente de corrección de procedimiento sobre la base de un vicio formal que contendría la acusación referida a la cuantía de la pena, buscando obtener la mutación del procedimiento de ordinario a simplificado, oponiéndose la Fiscalía a la corrección del pretendido vicio por tratarse