Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago conoció de un recurso de apelación contra la sentencia del Quinto Juzgado de Policía Local de Santiago que rechazó la querella infraccional y la demanda civil interpuestas por un consumidor contra una proveedora de vivienda. El consumidor había celebrado un contrato de promesa de compraventa de un departamento, pagando un pie del 10% del precio. La entrega del inmueble se retrasó aproximadamente dos años. El consumidor, debido al deterioro de sus condiciones financieras y término de su relación laboral, comunicó a la proveedora su imposibilidad de continuar con el contrato, solicitando la restitución del pie. La proveedora retuvo la totalidad del pie invocando una cláusula de multa. La Corte, valorando la prueba, especialmente la confesión del representante de la proveedora, estableció que el contrato era de adhesión y que la retención del pie constituía infracción al artículo 12 de la Ley N° 19.496. En consecuencia, revocó la sentencia apelada, acogió la querella infraccional condenando a la proveedora al pago de una multa de 50 UTM, rechazó la demanda de nulidad de cláusulas, y acogió la demanda de indemnización de perjuicios, condenando a la proveedora a pagar $16.104.538 por daño emergente y $8.000.000 por daño moral, más reajustes e intereses, con costas.