Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del pago de la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo, establecida en la ley N° 19.813, a una ex funcionaria de una entidad administradora de salud municipal. La peticionaria había sido desvinculada de la Municipalidad de Molina y, tras un intervalo de tres meses, comenzó a prestar servicios en la Municipalidad de San Ramón, lo que llevó a cuestionar si cumplía el requisito de continuidad laboral. El organismo concluyó que la ex servidora sí tiene derecho a que se le pague el beneficio. Se fundó en que la ley exige haber prestado servicios sin solución de continuidad durante el año evaluado y estar en servicio al momento del pago, y en que el reglamento (decreto N° 324, de 2002, del Ministerio de Salud) contempla el pago de los meses completos trabajados cuando un funcionario deja de prestar servicios antes de completar un período de pago. Como la desvinculación de la Municipalidad de Molina ocurrió al cierre del año 2010 y la funcionaria trabajó el período completo, correspondía el estipendio, según lo resuelto por la Contraloría.