El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 162 del Código del Trabajo, que establece la nulidad del despido si el empleador no ha pagado las cotizaciones previsionales del trabajador. La sentencia declaró que la aplicación de dicha norma en la gestión pendiente no resulta contraria a la Constitución. El Tribunal razonó que la sanción de nulidad del despido es un mecanismo constitucionalmente válido para garantizar el pago de cotizaciones, que son de propiedad del trabajador (artículo 19 N° 24) y protegen su derecho a la seguridad social (artículo 19 N° 18). Además, estimó que la norma no es desproporcionada, pues el empleador puede convalidar el despido pagando las cotizaciones, y que su finalidad protectora del trabajador es legítima. En cuanto a la Ley N° 17.798 sobre control de armas, el Tribunal concluyó que la aplicación del artículo 17 B, inciso segundo, tampoco resulta contraria a la Carta Fundamental.
Normas citadas
artículo 162, inciso sexto, de Código del Trabajo
artículo 162, inciso séptimo, de Código del Trabajo
artículo 162, inciso octavo, de Código del Trabajo
artículo 162, inciso noveno, de Código del Trabajo
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 68, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional la nulidad del despido si el empleador no pagó las cotizaciones previsionales del trabajador?
En este caso, el Tribunal Constitucional declaró que la aplicación del artículo 162 del Código del Trabajo no resulta contraria a la Constitución. Sostuvo que la nulidad del despido es un mecanismo válido para garantizar el pago de cotizaciones, que son propiedad del trabajador y protegen su seguridad social.
¿El empleador puede convalidar un despido cuando no ha pagado las cotizaciones previsionales?
Según esta sentencia, el Tribunal estimó que la norma no es desproporcionada porque el empleador puede convalidar el despido pagando las cotizaciones adeudadas. Esa posibilidad fue un elemento central para descartar la inconstitucionalidad.
¿Qué resolvió el Tribunal Constitucional sobre la aplicación del artículo 17 B de la Ley N° 17.798 sobre control de armas?
En este caso, el Tribunal concluyó que la aplicación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798 tampoco resulta contraria a la Carta Fundamental. Así, el requerimiento fue acogido solo en lo referido al artículo 162 del Código del Trabajo.
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