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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un funcionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un funcionario municipal que denunció al alcalde por hechos irregulares o faltas al principio de probidad y que, pese a ello, fue trasladado de su función como director de obras. El organismo concluyó que el funcionario tiene derecho a no ser trasladado mientras no se verifiquen las condiciones legales que hagan procedente la medida, aun cuando el municipio no haya iniciado el proceso administrativo correspondiente. Por ello, ordenó reintegrarlo a sus tareas primitivas, dejar sin efecto el decreto de destinación y disponer que la Municipalidad de San Fabián inicie el sumario para determinar responsabilidades, informando a la Contraloría Regional en un plazo de 15 días hábiles. Además, advirtió que el incumplimiento de los dictámenes de ese órgano vulnera la Constitución y las leyes aplicables.

Normas citadas

  • ley 18883 art/88A lt/b
  • ley 18883 art/58 lt/k
  • ley 18883 art/88B
  • pol art/6
  • pol art/7
  • pol art/98
  • pol art/99
  • ley 18575 art/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio trasladar a un funcionario que denunció irregularidades de su alcalde?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que el funcionario tiene derecho a no ser trasladado mientras no se cumplan las condiciones legales que hagan procedente la medida, aunque el municipio no haya iniciado el proceso administrativo correspondiente. Por ello, ordenó dejar sin efecto el traslado.

¿Qué debe hacer la Contraloría cuando un funcionario municipal es trasladado tras una denuncia por faltas a la probidad?

En este caso, el organismo ordenó reintegrar al funcionario a sus tareas primitivas, dejar sin efecto el decreto de destinación y disponer que la Municipalidad de San Fabián inicie un sumario para determinar responsabilidades. El municipio debe informar a la Contraloría Regional en un plazo de 15 días hábiles.

¿Qué pasa si un municipio no cumple un dictamen de la Contraloría General de la República?

En este caso, la Contraloría advirtió que el incumplimiento de sus dictámenes vulnera la Constitución y las leyes aplicables. Esta advertencia se refiere a la obligación del municipio de acatar lo ordenado en el pronunciamiento.

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