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Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo interpue…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo interpuesto contra la Municipalidad de Alto del Carmen por una respuesta que se estimó incompleta respecto de ordenanzas de participación ciudadana. Al analizar la admisibilidad, el Consejo advirtió que el enlace señalado por el municipio se encontraba operativo y, además, se había solicitado la reserva de identidad, por lo que requirió a la parte recurrente subsanar su reclamación en un plazo de cinco días hábiles, conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia. Como la parte interesada no realizó presentación alguna para subsanar las omisiones, el Consejo, por unanimidad, declaró inadmisible el amparo, de acuerdo con los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 del Reglamento, y ordenó notificar la decisión a las partes.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una persona presenta un amparo de transparencia y no subsana las omisiones que le advierte el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia requirió subsanar el amparo en cinco días hábiles conforme al artículo 46 del Reglamento. Como la parte no hizo presentación alguna, declaró inadmisible el amparo por unanimidad, de acuerdo con los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 del Reglamento.

¿Puede el Consejo para la Transparencia declarar inadmisible un amparo si el órgano público ya entregó un enlace con la información solicitada?

En este caso, el Consejo advirtió que el enlace señalado por el municipio estaba operativo, lo que fue uno de los motivos por los que requirió subsanar el reclamo. La resolución final fue la inadmisibilidad, por la falta de subsanación de la parte recurrente.

¿Qué ocurre si en un amparo ante el Consejo para la Transparencia se pide reserva de identidad y no se corrigen los defectos de admisibilidad?

En este caso, la solicitud de reserva de identidad fue uno de los defectos detectados al analizar la admisibilidad, junto con la respuesta municipal. Como la parte no subsanó, el Consejo declaró inadmisible el amparo y ordenó notificar a las partes.

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