Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de reconsideración presentada por un ex funcionario de la Municipalidad de Recoleta, regido por la ley N° 18.883, que reclamaba el pago de horas extraordinarias de abril y mayo de 2008, las que el municipio había negado. El dictamen recuerda su jurisprudencia: las horas extraordinarias sólo generan derechos cuando concurren tres requisitos copulativos, esto es, tareas impostergables, orden de la máxima autoridad edilicia y trabajos realizados a continuación de la jornada ordinaria, de noche o en sábados, domingos o festivos, lo que no constaba en el caso. Además, el organismo advirtió que el derecho al cobro de estas asignaciones prescribe en seis meses desde que se hicieron exigibles según el artículo 98 de la misma ley, plazo que ya se encontraba vencido al momento de la primera presentación ante la Contraloría.