Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de protección fue interpuesto por Karina Alejandra Ravanal Arancibia en contra de Isapre Consalud S.A. y la Superintendencia de Salud por el alza unilateral del precio de las Garantías Explícitas en Salud (GES) de su plan de salud. La recurrente consideró que el alza era ilegal y arbitraria, afectando sus derechos constitucionales. La Isapre recurrida alegó extemporaneidad del recurso y, en subsidio, solicitó su rechazo, argumentando que actuó conforme a los artículos 206 y 206 bis del DFL y la Ley N°19.966, siguiendo la metodología de las Circulares IF/N°511 y IF/N°516. La Superintendencia de Salud explicó que verificó el precio según el artículo 206 bis, basándose en la variación real de costos y frecuencia de uso. El tribunal desestimó la extemporaneidad al considerar que la afectación es periódica y permanente. Respecto al fondo, concluyó que la Isapre cumplió estrictamente la normativa vigente y la fiscalización de la Superintendencia, por lo que el acto no era ilegal ni arbitrario. En consecuencia, se rechazó el recurso de protección sin costas.