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El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2022

Resumen

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado contra los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 y 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798. El requirente alegaba que dichas normas vulneraban los principios de igualdad y proporcionalidad de las penas al impedir el acceso a penas sustitutivas en ciertos delitos. El Tribunal consideró que las disposiciones impugnadas no son discriminatorias ni carecen de razonabilidad legislativa, pues el legislador puede excluir la pena sustitutiva en delitos de violencia de género, uso de armas prohibidas o tráfico de drogas, entre otros. Además, señaló que la determinación de la pena concreta corresponde al tribunal penal competente, no a esta Magistratura.

Normas citadas

  • artículo 19, inciso primero, numeral 2
  • artículo 19, inciso sexto, numeral 3
  • artículo 1, de Ley N° 18.216
  • artículo 2, de Ley N° 18.216
  • artículo 18, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
  • artículo 1, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINAPrincipio de proporcionalidad de la PenaDeterminación de la penaReinserción socialley de control de armaspenas sustitutivasDebido Proceso

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional que la ley excluya el acceso a penas sustitutivas para ciertos delitos, como los de violencia de género o tráfico de drogas?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y sostuvo que la exclusión no es discriminatoria ni carece de razonabilidad, porque el legislador puede excluir las penas sustitutivas en delitos como violencia de género, uso de armas prohibidas o tráfico de drogas.

¿Puede el Tribunal Constitucional determinar la pena concreta que corresponde aplicar en un proceso penal?

En este caso, el Tribunal Constitucional señaló que la determinación de la pena concreta corresponde al tribunal penal competente, no a esta Magistratura.

¿Vulnera la igualdad y la proporcionalidad de las penas la prohibición de penas sustitutivas en ciertos delitos?

En este caso, el Tribunal Constitucional consideró que las disposiciones impugnadas no vulneran la igualdad ni la proporcionalidad, pues no son discriminatorias ni carecen de razonabilidad legislativa.

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