La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de que las ent…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2013
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de que las entidades públicas establezcan el monto de las multas aplicables a proveedores por incumplimiento en contratos regidos por la ley N° 19.886, precisando que la base de cálculo puede incluir el impuesto que grava la compra del bien o servicio. En el caso concreto, Gendarmería de Chile había previsto en las bases administrativas y en una contratación directa multas diarias equivalentes al cinco por mil y al diez por mil sobre el monto total del contrato, suma que incluye los impuestos, como el IVA. El organismo aclaró que incluir el IVA como dato numérico para calcular la multa no implica que estas sanciones estén afectas a dicho tributo, pues no constituyen operaciones gravadas, por lo que no procede emitir documento tributario. Además, distinguió la jurisprudencia invocada sobre contratos de obras públicas, cuya normativa regula expresamente la determinación de multas, a diferencia de la ley N° 19.886.
¿Pueden las entidades públicas fijar en las bases el monto de las multas a proveedores en contratos regidos por la ley 19.886?
En este dictamen, la Contraloría se pronunció sobre la procedencia de que las entidades públicas establezcan el monto de las multas aplicables a proveedores por incumplimiento en contratos regidos por la ley N° 19.886. Precisó que la base de cálculo puede incluir el impuesto que grava la compra del bien o servicio.
¿Se puede incluir el IVA en la base de cálculo de una multa diaria a un proveedor del Estado?
Sí, según este dictamen, la base de cálculo puede incluir el impuesto que grava la compra. En el caso de Gendarmería de Chile, las multas diarias del cinco por mil y del diez por mil se calcularon sobre un monto que incluía el IVA, pero ello no implica que la sanción quede afecta a ese tributo.
¿Las multas impuestas a un proveedor por incumplimiento de contrato están afectas a IVA y deben emitir documento tributario?
No, en este caso la Contraloría aclaró que incluir el IVA como dato numérico para calcular la multa no hace que la sanción esté afecta a dicho tributo, pues no constituye una operación gravada. Por lo tanto, no procede emitir documento tributario por ella.
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Dictamen · Contraloría General de la República · 2015
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.