Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos contra la Municipalidad de Arica, tras constatar que los antecedentes pedidos por el peticionario, relativos a informes, actas, soportes gráficos o multimedia, listas de asistencia y otros respaldos de la ejecución de servicios adjudicados con compras municipales, no habían sido incluidos en la respuesta del municipio. El Consejo estimó que se trata de información pública que permite fiscalizar el correcto ejercicio de las funciones del órgano y una gestión eficiente de recursos públicos, y ordenó su entrega, previo tarjado de datos personales y sensibles conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada. Si la información no existe en poder del órgano, deberá comunicarlo fundadamente al reclamante y al Consejo. El municipio debe cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada y acreditar la entrega.