El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Séptima) resolvió una cuestión prejud…
Sentencia · 2025
Resumen
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Séptima) resolvió una cuestión prejudicial planteada por el L.P.A. respecto a la interpretación del Reglamento (UE) 2019/787 sobre bebidas espirituosas. La controversia se centró en si bebidas sin alcohol pueden ser etiquetadas como "gin sin alcohol". El Tribunal declaró que la denominación "gin sin alcohol" está prohibida en la presentación y etiquetado de bebidas no alcohólicas, ya que estas no cumplen los requisitos establecidos en el anexo I, punto 20, letras a) y b) del Reglamento para la categoría de gin. Asimismo, el Tribunal confirmó la validez del artículo 10, apartado 7, del Reglamento frente a la libertad de empresa consagrada en el artículo 16 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. La sentencia establece que la prohibición de utilizar denominaciones legales de bebidas espirituosas para productos que no cumplen los requisitos correspondientes es una medida proporcionada y válida.
Normas citadas
Artículo 267 TFUE
Artículo 10, apartado 7, Reglamento (UE) 2019/787
Artículo 12, apartado 1, Reglamento (UE) 2019/787
Anexo I, punto 20, letras a) y b), Reglamento (UE) 2019/787
Reglamento Delegado (UE) 2021/1096
Artículo 16, Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
Reglamento (CE) n.º 110/2008
bebidas espirituosasdenominaciones legalesetiquetadoginbebidas sin alcoholprotección de denominacioneslibertad de empresaproporcionalidad
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.