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El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa interpuesto contra la Municipalidad de Estación Central. El reclamante solicitaba información específica sobre ciertos departamentos, pero no reclamaba por la falta de completitud o acceso al listado de información que los órganos públicos deben mantener en sus sitios electrónicos conforme al artículo 7 de la Ley de Transparencia y al artículo 51 de su Reglamento. Al no configurarse el elemento habilitante requerido, el Consejo determinó que no existía infracción a dichas normas, por lo que declaró el reclamo inadmisible.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué debe reclamar una persona para que el Consejo para la Transparencia admita una infracción a las normas de transparencia activa?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el reclamo porque el reclamante no cuestionó la falta de completitud ni el acceso al listado de información que los órganos públicos deben mantener en sus sitios electrónicos (artículo 7 de la Ley de Transparencia y artículo 51 de su Reglamento). Como no se configuró ese elemento habilitante, no hubo infracción a dichas normas.

¿Es suficiente pedir información específica a una municipalidad para presentar un reclamo por transparencia activa ante el Consejo?

No, según esta resolución. El reclamante solicitaba información concreta sobre ciertos departamentos de la Municipalidad de Estación Central, pero no reclamaba por el listado de información que debe publicarse en el sitio electrónico, por lo que el Consejo lo declaró inadmisible.

¿Qué consecuencia tiene que un reclamo por transparencia activa no cumpla el elemento habilitante requerido?

En este caso, el Consejo concluyó que no existía infracción a las normas de transparencia activa y declaró inadmisible el reclamo contra la Municipalidad de Estación Central, sin entrar al fondo de la solicitud de información.

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