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El Consejo para la Transparencia rechazó los amparos presentados contra la Armada de Ch…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó los amparos presentados contra la Armada de Chile, en los que el recurrente solicitaba la nómina y número de oficiales, gente de mar y personal institucional incluidos en listas de calificación y retiros del año 2012. Se estimó que la información, complementada con otros antecedentes, podría permitir determinar la dotación actual de la Armada, afectando la seguridad nacional y la defensa del país, por lo que debe reservarse según la Ley de Transparencia y el artículo 436 N° 1 del Código de Justicia Militar. Además, las actas de las J.S.A., de donde se extraería la información, son secretas, conforme a decisiones previas del Consejo. Se desestimó la alegación de la Armada de que los requerimientos constituían ejercicio del derecho de petición.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.948
  • Ley N° 20.424
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 34 de la Ley N° 20.424
  • Artículo 26° de la Ley N° 18.948
  • Artículo 3° de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir por transparencia la nómina de oficiales y personal de la Armada de Chile en listas de calificación y retiros?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque estimó que la información, complementada con otros antecedentes, podría revelar la dotación actual de la Armada, afectando la seguridad nacional y la defensa del país, por lo que debe reservarse.

¿Son públicas las actas de las Juntas de Selección y Aprobación de la Armada que contienen listas de calificación?

En este caso, el Consejo sostuvo que las actas de las J.S.A., de donde se extraería la información solicitada, son secretas, conforme a decisiones previas del propio Consejo.

¿Una solicitud de información a un órgano público puede tratarse como ejercicio del derecho de petición?

En este caso, el Consejo desestimó la alegación de la Armada de que los requerimientos constituían ejercicio del derecho de petición, por lo que los analizó como solicitudes de acceso a la información.

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