Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Armada de Chile, referente a la entrega de información relativa a los traslados de funcionarios realizados por la Armada desde el año 2013 hasta la recepción de esta solicitud, exclusivamente en el marco de servicios de mudanza o fletes contratados mediante licitaciones publicadas en la plataforma Mercado Público. Lo anterior, por cuanto respecto a las alegaciones de la persona solicitante, en orden a la falta de disponibilidad de la información en el Portal de Mercado Público, la materia consultada se encuentra permanentemente a disposición del público en el enlace electrónico indicado por la Institución, señalándose, la fuente, el lugar y la forma en que se puede tener acceso a aquella, en conformidad de lo previsto en el artículo 15° de la Ley de Transparencia. A este respecto debe consignarse que, si bien el artículo 17 de la Ley de Transparencia, establece que lo pedido debe entregarse por el medio y en la forma solicitada, dicha norma se aplica sólo en los casos en que aquello no se encuentra permanentemente a disposición del público, pues en este último caso prima lo prescrito en el artículo 15 de la misma ley. (Decisiones amparos Roles A321-09, C1186-15, entre otros). En el mismo sentido, se pronunció esta Corporación en los Amparos C3575-21, C3576-21, C9029-22, C11416-22 y C11460-23. Se rechaza el presente amparo en lo que respecta a “indicación del número de traslado vinculado a las unidades de origen y de destino de los funcionarios, así como sus grados”, por cuanto se trata de información que se vinculada directamente con el despliegue del personal militar y a la dotación con la que cuenta actualmente o van a contar en el futuro próximo todas las Unidades de la Armada. Por consiguiente, su divulgación implicaría dar a conocer las variaciones que experimentan las dotaciones o fuerzas de las unidades en determinado espacio territorial, en un periodo específico, posibilitando en un trabajo comparativo de inteligencia, levantar un cuadro de las potencialidades de cada Unidad Naval o a Flote. Aplica criterio contenido en el Amparo, respecto de la misma solicitante e idéntica materia.