AdministrativoRechaza

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Armada de Chile, referido a la entrega de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Armada de Chile, referido a la entrega de información sobre proyectos de construcción, normalización o instalación de estanques de combustible en recintos militares de la Armada, ejecutados entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de marzo de 2025 y otros antecedentes que se indican. Lo anterior, por cuanto la develación de lo pedido tiene el mérito suficiente para evidenciar un riesgo de afectación presente o probable, y con suficiente especificidad, al desarrollo de la función de seguridad de la Nación propia de la Institución. En efecto, lo requerido significa el acceso al contenido de documentos que inciden directamente en los planes de desarrollo y mantenimiento de infraestructura terrestre de los recintos militares de la Armada de Chile elaborados por el Servicio de Obras y Construcciones de la Armada (S.O.C.A.), particularmente, en lo que dice relación con la construcción, normalización o instalación de estanques de combustibles e instalaciones eléctricas, a lo largo del país y por un periodo de tiempo de aproximadamente 8 años. Esto último reviste especial relevancia pues su análisis conjunto, y en relación con otros antecedentes disponibles en distintas fuentes de información, podrían permitir no solo conocer el lugar y las características técnicas, tipos de estanques, sus sistemas de seguridad y sistemas eléctricos, entre otros, sino también deducir o predecir con cierta certeza la manera en la que la Armada de Chile desarrolla sus planes de sostenimiento de la infraestructura terrestre, lo que podría dejar en evidencia potenciales vulnerabilidades o capacidades que podría servir de insumo a los sistemas de inteligencia extranjeros para realizar eventuales ataques certeros en caso de guerra o para degradar las capacidades operativas de las Fuerzas Armadas, cuyos efectos podrían incidir en una afectación de la seguridad de la Nación, configurándose las causales de reserva o secreto previstas en el artículo 21, N°3 y N°5, de la Ley de Transparencia.

amparoDecisión de Fondo

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.