Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, teniendo por entregada, aunque extemporáneamente, la información solicitada relativa al programa consultado. Durante el procedimiento, el organismo proporcionó los antecedentes requeridos, ajustándose a lo solicitado, lo que subsanó la controversia. No obstante, se representó a la Subsecretaría la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, por no haber respondido dentro del plazo legal, instando a adoptar medidas para evitar futuras reiteraciones. La decisión se adoptó por unanimidad de los miembros presentes del Consejo.