Resumen
La Corte Suprema conoció del recurso de casación interpuesto por Agrícola y Comercial La Capellanía Limitada y Inmobiliaria e Inversiones Sevilla Limitada contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que había declarado extemporáneo su reclamo de ilegalidad bajo el artículo 137 del Código de Aguas. El recurso se basó en la supuesta aplicación indebida del artículo 59 del Código de Procedimiento Civil al cómputo del plazo de 30 días. La Corte Suprema determinó que el procedimiento de reclamación está regulado supletoriamente por la Ley N°19.880 y por las normas del Título XVIII del Código de Procedimiento Civil, que excluyen los sábados, domingos y feriados del cómputo. Por tanto, el plazo debía contarse solo en días hábiles y la interposición del 8 de agosto de 2023 fue dentro del término legal. En consecuencia, se declaró que la Corte de Apelaciones incurrió en error al considerar extemporáneo el recurso y se rechazó el recurso de casación en el fondo. La decisión se firmó el 30 de septiembre de 2024 por la Tercera Sala de la Corte Suprema.