Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional declara la inadmisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad por dos causales principales: primero, porque el artículo 52 letra a) de la Ley 15.231, impugnado por el requirente, no es decisivo en la resolución del asunto judicial subyacente, ya que la sanción impuesta fue una multa por infracción al artículo 23 del DL 3063, y la posible reclusión por retardo en el pago de la multa se fundamentó en el artículo 23 de la Ley N° 18.287, precepto legal no impugnado; y segundo, porque el requerimiento carece de fundamento plausible, al no demostrarse una vulneración constitucional, específicamente de los derechos a defensa y a la libertad personal, dado que la sanción impuesta fue una multa, sin aplicación de prisión, y el apremio por no pago de la multa no consta que se haya concretado, lo que, de acogerse la pretensión, permitiría desconocer una sentencia judicial firme, impidiendo las vías legales para su cumplimiento, por lo que no existe conflicto constitucional que deba resolver el Tribunal.