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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra de la Municipalid…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Río Bueno por la denegación de acceso a un parte policial elaborado por la 4ta. C.R.B.. Se determinó que la información solicitada obra en poder del Juzgado de Policía Local de Río Bueno, órgano al que no le resulta aplicable la Ley de Transparencia, salvo en materia de transparencia activa. El órgano reclamado consultó previamente al juzgado, conforme al artículo 13 de la ley, el que indicó que el requirente podía recurrir directamente ante él. Se aplicó el criterio de las decisiones de amparo roles C1547-18 y C7451-20.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoGrupos de interés especial

Preguntas frecuentes

¿Procede el amparo ante el Consejo para la Transparencia para obtener un parte policial que está en poder de un Juzgado de Policía Local?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la información estaba en poder del Juzgado de Policía Local, al que no le aplica la Ley de Transparencia, salvo en materia de transparencia activa. Además, el juzgado indicó al requirente que podía recurrir directamente ante él.

¿Qué debe hacer el órgano reclamado si la información solicitada la tiene otro organismo al que no se aplica la Ley de Transparencia?

En este caso, el órgano reclamado consultó previamente al juzgado, conforme al artículo 13 de la ley, y el juzgado respondió que el requirente debía recurrir directamente ante él. El Consejo aplicó el criterio de las decisiones de amparo roles C1547-18 y C7451-20.

¿La Ley de Transparencia obliga a los juzgados de policía local a entregar documentos en procesos de acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que a los juzgados de policía local no les resulta aplicable la Ley de Transparencia, salvo en materia de transparencia activa. Por eso no ordenó la entrega del parte policial.

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