Resumen del criterio jurisprudencial
El contribuyente Javier Castillo Maldonado reclamó contra la Liquidación N° 11101000007 emitida por el SII, que impugnaba su declaración de Impuesto a la Renta del año tributario 2009. El reclamante alegó que no recibió la citación para presentar antecedentes y que el SII no consideró su declaración rectificatoria ni las boletas de honorarios emitidas. El SII sostuvo que no prescindió de la declaración del contribuyente, sino que se ajustó a ella para liquidar la diferencia. El Tribunal Tributario y Aduanero de Arica concluyó que el SII sí prescindió de parte de la declaración y antecedentes, por lo que debió citar al contribuyente conforme a los artículos 63 y 64 del Código Tributario. En consecuencia, acogió el reclamo y anuló la liquidación. La Corte de Apelaciones de Arica confirmó el fallo de primer grado, añadiendo que la liquidación era nula por haberse emitido fuera de los márgenes legales, permitiendo al contribuyente presentar una declaración rectificatoria. Ambas instancias coincidieron en que la actuación del SII fue irregular y vulneró el debido proceso.