AdministrativoAcoge

La empresa Hidroeléctrica Guardia Vieja S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

La empresa Hidroeléctrica Guardia Vieja S.A. solicitó la constitución de derechos de aprovechamiento no consuntivos de aguas superficiales del río Juncal, afluente del río Aconcagua, en la Región de Valparaíso. La Dirección General de Aguas rechazó la solicitud, y tras agotar la vía administrativa, la empresa dedujo recurso de reclamación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que fue desestimado. Ante ello, la empresa interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, alegando infracción a los artículos 22, 14 y 17 del Código de Aguas y al artículo 19 N° 2 de la Constitución. La Corte Suprema rechazó el recurso, confirmando que la constitución del derecho afectaba la oportunidad de uso de terceros regantes. La sentencia fue acordada con un voto en contra del abogado integrante Emilio Pfeffer U., quien consideró que no se había acreditado perjuicio a terceros.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.