La Contraloría General de la República dictamina que la ley N° 20.529 no ha alterado su…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2015
Resumen
La Contraloría General de la República dictamina que la ley N° 20.529 no ha alterado sus atribuciones constitucionales y legales para fiscalizar el uso de recursos públicos, en particular respecto de las rendiciones de cuentas. Se concluye que las disposiciones de dicha ley y la resolución N° 759, de 2003, corresponden a distintos órdenes de control, no siendo incompatibles. Por lo tanto, la Contraloría debe exigir el cumplimiento de la resolución N° 759 a los órganos públicos que fiscaliza, pudiendo aplicar sanciones como la no entrega de nuevos fondos a rendir o el inicio de un juicio de cuentas en caso de incumplimiento.
¿Es compatible la ley 20.529 con la resolución N° 759 de la Contraloría sobre rendición de cuentas?
Sí. Según este dictamen, las disposiciones de la ley N° 20.529 y la resolución N° 759, de 2003, corresponden a distintos órdenes de control y no son incompatibles entre sí.
¿Qué puede hacer la Contraloría si un órgano público no cumple la resolución N° 759 sobre rendición de cuentas?
En este caso, la Contraloría sostuvo que debe exigir el cumplimiento de la resolución N° 759 a los órganos que fiscaliza y puede aplicar sanciones, como no entregar nuevos fondos a rendir o iniciar un juicio de cuentas.
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.
Dictamen · Contraloría General de la República · 2016
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.