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La Contraloría General de la República acogió la solicitud de reconsideración presentad…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Resumen

La Contraloría General de la República acogió la solicitud de reconsideración presentada por la Fiscal de la Superintendencia de Educación, dando por cumplido lo instruido en un oficio anterior y reconsiderando otro oficio de 2017. El caso se refería a la reclamación de un funcionario de un Departamento de Educación Municipal por el no pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales y la no tramitación de una licencia médica. La Contraloría determinó que la Superintendencia de Educación no tiene competencia para conocer reclamos de funcionarios que se desempeñan en los Departamentos de Educación Municipal, pues su fiscalización se limita a los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado, según el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación y la ley N° 20.529. Además, no se advirtieron razones para configurar el conflicto de intereses esgrimido por el peticionario.

Normas citadas

  • dfl 2/98 Educa art/6 lt/f
  • ley 20529 art/48
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿La Superintendencia de Educación puede conocer reclamos de funcionarios de un Departamento de Educación Municipal por no pago de remuneraciones o cotizaciones?

No. En este caso, la Contraloría General de la República determinó que la Superintendencia de Educación no tiene competencia para conocer esos reclamos, porque su fiscalización se limita a los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado, según el DFL N° 2 de 1998 y la Ley N° 20.529.

¿Cuál es el alcance de la fiscalización de la Superintendencia de Educación según la Ley N° 20.529?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la fiscalización de la Superintendencia de Educación se limita a los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado, y no alcanza a los Departamentos de Educación Municipal ni a sus funcionarios.

¿Procede configurar un conflicto de intereses en un reclamo contra la Superintendencia de Educación por un funcionario municipal?

En este caso, la Contraloría no advirtió razones para configurar el conflicto de intereses alegado por el peticionario, y acogió la reconsideración presentada por la Superintendencia de Educación, reconsiderando un oficio previo de 2017.

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