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Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo de acces…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo de acceso a la información pública interpuesto contra la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo. El Consejo determinó que la solicitud no fue ingresada por los canales habilitados por la Ley de Transparencia, ya que se efectuó mediante un sistema de atención ciudadana no apto para esos fines, y su contenido no se ajustaba a la materia de acceso a información pública. En consecuencia, al no haberse ejercido el derecho de acceso en los términos legales, no procedía acoger el amparo. Se indica que el recurrente podrá formular una nueva solicitud por los canales correspondientes, y se notifica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede un amparo de acceso a la información pública si la solicitud se presentó por un canal no habilitado por la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque la solicitud se ingresó mediante un sistema de atención ciudadana no apto para ejercer el derecho de acceso. Al no haberse ejercido el derecho en los términos legales, no procedía acoger el amparo, aunque el solicitante podía presentar una nueva solicitud por los canales correspondientes.

¿Qué pasa si una solicitud de información pública no se ajusta a la materia de acceso a la información?

En este caso, el Consejo sostuvo que el contenido de la solicitud no se ajustaba a la materia de acceso a información pública, lo que, junto con el canal utilizado, llevó a declarar inadmisible el amparo contra la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo. El recurrente podía reformular su solicitud por las vías legales.

¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia procede reclamo de ilegalidad?

En este caso, el Consejo notificó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante contra la resolución que declaró inadmisible el amparo. Esa posibilidad de impugnación se informó expresamente en la notificación.

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