Resumen del criterio jurisprudencial
El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó la reclamación de Cooke Aquaculture Chile S.A. contra la Resolución Exenta N° 523 de 2025 de la Superintendencia del Medio Ambiente, que decretó una medida provisional de detención parcial del Centro de Engorda de Salmónidos (CES) Huillines 2, específicamente la detención de siembra de salmón del antártico. La medida se basó en la formulación de cargos por elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ya que la empresa operaba con una producción de biomasa muy superior a la declarada en su Declaración de Impacto Ambiental (DIA). El tribunal consideró que la medida era procedente para evitar un daño inminente al medio ambiente, dado que la actividad no contaba con la evaluación ambiental correspondiente. La reclamante argumentó que la medida era ilegal por falta de acreditación de riesgo inminente y por violación de derechos adquiridos, pero la mayoría del tribunal desestimó estos argumentos. El tribunal también declaró que la reclamación había perdido objeto parcialmente debido a que la medida ya había sido renovada y modificada, pero igualmente analizó el fondo. Hubo un voto disidente que consideró que la medida no cumplía con los requisitos legales de urgencia y proporcionalidad. En definitiva, se confirmó la legalidad de la medida provisional.