El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad.
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad. Declaró que el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que limita la aplicación de penas sustitutivas, vulnera los principios de proporcionalidad y racionalidad de la Constitución, al restringir desproporcionadamente el acceso a penas alternativas incluso en delitos menores, afectando la reinserción social. Sin embargo, rechazó la impugnación contra el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas, por estimar que no vulnera la Carta Fundamental, ya que permite al juez individualizar la pena dentro de los márgenes legales, respetando los principios de culpabilidad y proporcionalidad. El Tribunal concluyó que el legislador puede excluir penas sustitutivas en delitos graves como violencia de género o tráfico de drogas, sin que ello sea discriminatorio, y que la determinación concreta de la pena corresponde al tribunal penal.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17 B, de Ley N° 17.365
artículo 65, de Código Penal
artículo 66, de Código Penal
artículo 67, de Código Penal
artículo 68, de Código Penal
artículo 69, de Código Penal
artículo 8, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINAAcción De InconstitucionalidadDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Integridad Fisica Y PsiquicaDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerechos ImplicitosDominio Máximo Legal
Preguntas frecuentes
¿El artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 que limita las penas sustitutivas es constitucional?
En este caso, el Tribunal Constitucional declaró que ese inciso vulnera los principios de proporcionalidad y racionalidad, porque restringe desproporcionadamente el acceso a penas alternativas incluso en delitos menores y afecta la reinserción social.
¿Es inconstitucional el artículo 17 B de la Ley N° 17.798 sobre control de armas por fijar penas que el juez no puede individualizar?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó la impugnación porque el precepto permite al juez individualizar la pena dentro de los márgenes legales, respetando los principios de culpabilidad y proporcionalidad.
¿El legislador puede excluir las penas sustitutivas en delitos graves sin que eso sea discriminatorio?
En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que sí puede hacerlo, citando como ejemplos delitos graves como violencia de género o tráfico de drogas, y que la determinación concreta de la pena corresponde al tribunal penal.
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