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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la autoridad competente para…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la autoridad competente para fiscalizar el cumplimiento de las normas de calidad ambiental y de emisión, así como para fijar las metodologías de verificación. Concluyó que, conforme a la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), corresponde a esta última, en virtud del artículo 3°, letra ñ), impartir directrices técnicas y definir protocolos, procedimientos y métodos de análisis para el control del cumplimiento de dichas normas. En consecuencia, los decretos supremos del Ministerio del Medio Ambiente no pueden regular ese ámbito propio de la SMA. El Ministerio debe ajustar sus actuaciones al principio de confianza legítima y coordinar con la SMA en la dictación y ejecución de los instrumentos de gestión ambiental.

Normas citadas

  • ley 20417 art/segundo art/2 inc/1
  • ley 20417 art/segundo art/2 inc 2
  • ley 20417 art/segundo art/16 lt/b
  • ley 20417 art/segundo art/16 lt/d
  • ley 20417 art/segundo art/16 lt/f
  • ley 20417 art/segundo art/16 lt/g
  • ley 20417 art/segundo art/22
  • ley 20417 art/segundo art/24
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene la competencia para fijar las metodologías de verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental y de emisión en Chile?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que, conforme a la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, corresponde a esta última impartir directrices técnicas y definir protocolos, procedimientos y métodos de análisis para el control del cumplimiento de dichas normas.

¿Puede un decreto supremo del Ministerio del Medio Ambiente regular la forma de fiscalizar el cumplimiento de las normas de emisión?

En este caso, la Contraloría sostuvo que los decretos supremos del Ministerio del Medio Ambiente no pueden regular ese ámbito, pues es propio de la Superintendencia del Medio Ambiente. Además, el Ministerio debe ajustar sus actuaciones al principio de confianza legítima y coordinarse con la SMA.

¿Qué deben hacer el Ministerio del Medio Ambiente y la Superintendencia del Medio Ambiente al dictar instrumentos de gestión ambiental?

En este caso, la Contraloría dictaminó que el Ministerio debe ajustar sus actuaciones al principio de confianza legítima y coordinar con la Superintendencia del Medio Ambiente la dictación y ejecución de los instrumentos de gestión ambiental.

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