El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad respecto del art…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye el acceso a penas sustitutivas para ciertos delitos. La mayoría sostuvo que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe respetar principios como la dignidad humana, la proporcionalidad y la reinserción social, pero en el caso concreto la exclusión no resultó desproporcionada ni discriminatoria, pues el legislador puede razonablemente establecer presidio efectivo en delitos de violencia de género, uso de armas prohibidas o tráfico de drogas. Se valoró la deferencia al legislador en materia de política criminal y se descartó que la norma vulnerara la igualdad ante la ley, ya que la determinación de la pena corresponde al tribunal penal competente.
Normas citadas
artículo 1, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Constitución
artículo 19, inciso N/A, numeral 2, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Constitución
artículo 19, inciso N/A, numeral 3, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Constitución
Tribunal ConstitucionalINAAcción De InconstitucionalidadDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Integridad Fisica Y PsiquicaDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerecho A La Protección De La Vida Privada
Preguntas frecuentes
¿El Estado puede excluir de las penas sustitutivas a ciertos delitos sin vulnerar la Constitución?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe respetar la dignidad humana, la proporcionalidad y la reinserción social. Sin embargo, concluyó que la exclusión legal no fue desproporcionada ni discriminatoria, por lo que rechazó el requerimiento.
¿Es inconstitucional que la ley exija presidio efectivo en delitos de violencia de género, uso de armas prohibidas o tráfico de drogas?
En este caso, el Tribunal Constitucional estimó que el legislador puede razonablemente establecer presidio efectivo para estos delitos, en ejercicio de su deferencia en política criminal. Por ello, no consideró que la norma vulnerara la Constitución.
¿La exclusión de penas sustitutivas vulnera la igualdad ante la ley?
En este caso, el Tribunal Constitucional descartó que la norma vulnerara la igualdad ante la ley, porque la determinación de la pena corresponde al tribunal penal competente. Por eso rechazó el requerimiento de inaplicabilidad.
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