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El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucio…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe la aplicación de penas sustitutivas a las privativas de libertad. Se estimó que dicha restricción resulta desproporcionada e inequitativa, vulnerando la igualdad ante la ley y la proporcionalidad de las penas, pues la privación de libertad debe ser la última ratio y las penas sustitutivas buscan la reinserción social sin implicar impunidad. La decisión se adoptó con el voto en contra de un ministro, quien consideró que la política criminal fijada por el legislador es constitucional y no existe un derecho subjetivo a dichas penas.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINAIgualdad ante la LeyReinserción socialPrincipio de proporcionalidad de la Penaley de control de armasDeterminación de la penapenas sustitutivas

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional que la ley impida aplicar penas sustitutivas a ciertos delitos por el solo hecho de que la pena sea privativa de libertad?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad y estimó que la restricción del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 es desproporcionada e inequitativa, vulnerando la igualdad ante la ley y la proporcionalidad de las penas. Sostuvo que la privación de libertad debe ser la última ratio y que las penas sustitutivas buscan la reinserción social sin implicar impunidad.

¿Puede el legislador fijar una política criminal que limite el acceso a penas sustitutivas?

En este caso, el Tribunal Constitucional decidió por mayoría que la restricción resulta inconstitucional en su aplicación al caso concreto. Un ministro disidente consideró que la política criminal fijada por el legislador es constitucional y que no existe un derecho subjetivo a dichas penas.

¿Existe un derecho subjetivo a obtener una pena sustitutiva en Chile?

En este caso, el voto en contra de un ministro sostuvo que no existe un derecho subjetivo a las penas sustitutivas, por lo que la decisión de la mayoría no fue unánime. El resumen no precisa cómo la mayoría resolvió esa cuestión de manera general.

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