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La Fiscalía acusó a los imputados por el delito de robo en lugar habitado en grado de t…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Fiscalía acusó a los imputados por el delito de robo en lugar habitado en grado de tentado, debiendo sancionarse como consumado de acuerdo al Art. 450. La Defensa no controvirtió los hechos ni la participación pero sí la disposición jurídica aplicable. En efecto, sostuvo que el acusador sólo logró acreditar el escalamiento pero no la apropiación, por lo que es aplicable el Art. 444 norma que está en colisión con el Art. 450. El tribunal estima que ambas normas legales se refieren a cosas distintas: el Art. 450 no contiene una ficción legal ni un tipo especial sino que una regla especial que altera las generales de penalidad respecto de ciertos ilícitos, sin desconocer el tema del íter críminis. Si bien reconoce que su aplicación puede llevar a prácticas exageradas, ese es un tema que corresponde al legislador. El fallo cuenta con la prevención del juez Sr. Alfaro quien estima que debe aplicarse únicamente la presunción del Art. 444 dado que la Fiscalía, no estando dispensada de ello, no logró acreditar la apropiación, verbo rector de la figura. Cita al prof. Garrido Montt en cuanto a que de proceder la presunción no puede recibir aplicación el Art. 450 pues la presunción ya es excepcional y así debe ser tratada para todos los efectos legales. Reflexiona en cuanto a que una interpretación contraria conduce una arbitrariedad en la aplicación de las penas a la luz del principio de lesividad, pues el Derecho Penal actual lo es de sus consecuencias, obteniéndose así una concepción más científica que eticizante de la imposición de las penas dentro de una política criminal moderna.

Boletín de Jurisprudencia del Ministerio PúblicoFALLOS

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.