El Tribunal Constitucional acogió el requerimiento de inaplicabilidad respecto del artí…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió el requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, declarando que la restricción de penas sustitutivas para ciertos delitos resulta desproporcionada e inidónea para cumplir los fines de reinserción social y protección de las víctimas. La mayoría sostuvo que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe limitarse por principios constitucionales como la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas y la reinserción social, vulnerando los artículos 19 N° 3 inciso sexto y N° 2 de la Constitución. No obstante, la parte final del fallo contiene votos de minoría que estiman que la exclusión es racional, pues responde a facultades del legislador y a mandatos constitucionales sobre control de armas, sin configurar discriminación arbitraria.
Tribunal ConstitucionalINAAcción De InconstitucionalidadDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Integridad Fisica Y PsiquicaDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerecho A La Protección De La Vida Privada
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de las penas sustitutivas a ciertos delitos según la Ley 18.216?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento de inaplicabilidad y declaró que la restricción del artículo 1, inciso segundo, de la Ley 18.216 es desproporcionada e inidónea para cumplir los fines de reinserción social y protección de las víctimas.
¿Puede el legislador limitar el acceso a penas sustitutivas sin vulnerar principios constitucionales?
La mayoría sostuvo que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe respetar principios como la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas y la reinserción social. Votos de minoría, en cambio, estimaron que la exclusión es racional y responde a facultades del legislador.
¿Qué criterio aplicó el Tribunal Constitucional para evaluar la exclusión de penas sustitutivas por un delito de control de armas?
El fallo examinó la restricción a la luz del artículo 19 N° 3, inciso sexto, y N° 2 de la Constitución, concluyendo que vulnera esas garantías. Algunos ministros disidentes, en cambio, consideraron que la exclusión no configura discriminación arbitraria porque responde a mandatos constitucionales sobre control de armas.
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