Resumen
La Fundación de Beneficencia Isabel Aninat Echazarreta interpuso un recurso de protección contra la Junta de Vigilancia del Río Huasco y sus Afluentes por suspender el uso del E.S.J., reduciendo en un 90% la dotación de agua que le era entregada. La Fundación alegó que la medida vulneraba sus derechos de propiedad e igualdad ante la ley, al privarla del goce de sus derechos de aprovechamiento de agua permanentes y causar graves pérdidas agrícolas. La recurrida argumentó que solo suspendió el uso de aguas embalsadas eventuales, no los derechos permanentes, y que la Fundación no poseía derechos sobre el embalse. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó, considerando que el acuerdo de la Junta fue ilegal por no cumplir con el quórum estatutario requerido en situaciones de normalidad y por infringir los derechos de propiedad de la Fundación. Además, existía un litigio pendiente sobre la titularidad de los derechos, por lo que la Junta no podía imponer medidas unilaterales. En consecuencia, se acogió el recurso de protección.