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El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado en contra del Instituto d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado en contra del Instituto de Seguridad Laboral, que buscaba la entrega sin tarjados de todos los documentos remitidos en respuesta a una solicitud de acceso a la información. El organismo había entregado copia del documento con los datos personales de contexto y las declaraciones de los testigos tarjados, puesto que a estos se les había garantizado la confidencialidad de sus dichos para evitar que se inhibieran de participar en procedimientos similares en el futuro. El Consejo resolvió que se configuraban las causales de reserva de los números 1 y 2 del artículo 21 de la Ley de Transparencia, y además dispuso reservar la identidad del reclamante, por la naturaleza del estudio consultado y su calidad de denunciante, tanto en la decisión como en los registros internos del organismo.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar sin tarjados los testimonios de testigos en un procedimiento del Instituto de Seguridad Laboral si se les garantizó confidencialidad?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo y confirmó que el Instituto podía tarjar los datos personales y las declaraciones de los testigos, porque se les había garantizado confidencialidad para que no se inhibieran de participar en procedimientos futuros. Se configuraron las causales de reserva de los números 1 y 2 del artículo 21 de la Ley de Transparencia.

¿Puede el Consejo para la Transparencia reservar la identidad de quien presenta un amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo dispuso reservar la identidad del reclamante, considerando la naturaleza del estudio consultado y su calidad de denunciante. Esta reserva se aplicó tanto en la decisión como en los registros internos del organismo.

¿Qué causales de reserva de la Ley de Transparencia pueden justificar negar copia completa de documentos de un organismo público?

En este caso, el Consejo sostuvo que se configuraban las causales de reserva de los números 1 y 2 del artículo 21 de la Ley de Transparencia para mantener los tarjados. La decisión se fundó en la necesidad de proteger los datos personales y la confidencialidad otorgada a los testigos.

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