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El Consejo para la Transparencia acogió los amparos presentados contra la Universidad d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió los amparos presentados contra la Universidad del Bío Bío, ordenando la entrega de información sobre convenios a honorarios suscritos con un tercero entre 2014 y 2022, incluyendo montos y horas contratadas, así como detalles del proceso de contratación para 2023. Se desestimó la causal de reserva por afectación de derechos de terceros, ya que la información se refiere al cumplimiento de obligaciones funcionarias y al desempeño de personal que trabaja o trabajó para la Administración, debiendo primar la probidad y transparencia. El órgano reclamado deberá tarjar datos personales de contexto y eventuales datos sensibles, aplicando el principio de divisibilidad. La decisión quedó ejecutoriada bajo apercibimiento de sanciones por incumplimiento.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Artículo 20 de la Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 02
  • Artículo 9° de la Ley N° 19.880
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar información sobre contratos a honorarios de un organismo público si alega que afecta derechos de terceros?

En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la causal de reserva por afectación de derechos de terceros, porque la información se refiere al cumplimiento de obligaciones funcionarias y al desempeño de personal que trabaja o trabajó para la Administración, debiendo primar la probidad y transparencia.

¿Qué datos pueden tarjarse al entregar información pública sobre contrataciones a honorarios?

Según este fallo, el órgano debe tarjar los datos personales de contexto y eventuales datos sensibles, aplicando el principio de divisibilidad, es decir, entregando el resto de la información que sí es pública.

¿Qué pasa si un organismo público no cumple una decisión de amparo del Consejo para la Transparencia?

En este caso, la decisión quedó ejecutoriada y el órgano debe cumplirla bajo apercibimiento de sanciones por incumplimiento, pues el Consejo acogió los amparos y ordenó entregar la información sobre convenios a honorarios.

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