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La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un funcionario a contrata…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un funcionario a contrata puede ser designado en un cargo de Alta Dirección Pública en calidad transitoria o provisional. El dictamen concluye que la designación en un cargo de Alta Dirección Pública bajo la modalidad de suplencia del artículo quincuagésimo noveno de la Ley N° 19.882 es compatible con otros empleos regidos por el Estatuto Administrativo. Sin embargo, los empleos a contrata y de suplencia son incompatibles entre sí según la Ley N° 18.834, pues la excepción del artículo 87, letra d), solo alcanza a titulares de cargos de planta que acceden a una subrogación, suplencia o contrata, y no a quienes ya se desempeñan a contrata. En consecuencia, la designación de un funcionario a contrata en un cargo de Alta Dirección Pública, en calidad transitoria y provisional, produce el cese de su contratación por el solo ministerio de la ley.

Normas citadas

  • Ley 18834 art/86 inc/2
  • ley 18834 art/87 lt/d
  • ley 18834 art/88 inc/2
  • ley 19882 art/quincuagésimo noveno
  • ley 18834 art/4
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un funcionario a contrata ser designado en un cargo de Alta Dirección Pública en calidad transitoria o provisional?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que un funcionario a contrata puede ser designado en un cargo de Alta Dirección Pública en calidad transitoria o provisional, pero esa designación produce el cese de su contratación por el solo ministerio de la ley.

¿Son compatibles los empleos a contrata y la suplencia de un cargo de Alta Dirección Pública según el Estatuto Administrativo?

La Contraloría sostuvo que los empleos a contrata y de suplencia son incompatibles entre sí, porque la excepción del artículo 87, letra d), de la Ley N° 18.834 solo alcanza a titulares de cargos de planta, no a quienes ya se desempeñan a contrata.

¿Qué efecto tiene la designación de un funcionario a contrata en un cargo de Alta Dirección Pública bajo suplencia?

Según este dictamen, la designación de un funcionario a contrata en un cargo de Alta Dirección Pública bajo la modalidad de suplencia del artículo quincuagésimo noveno de la Ley N° 19.882 es compatible con otros empleos, y produce el cese de la contrata.

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