Resumen
La Contraloría General de la República conoció de la resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, que nombró como Director Regional a una persona que ejercía el cargo en forma provisional, cuestionándose por un reclamante que ello vulnerara la igualdad entre los postulantes. El organismo concluyó que el artículo sexagésimo de la ley N° 19.882, que crea el Sistema de Alta Dirección Pública, permite que quien esté nombrado provisionalmente postule, sin que ese desempeño pueda considerarse como mérito. Constató que el perfil de selección valoraba la experiencia en cargos directivos o de jefatura, sin puntuar el ejercicio del cargo concursado, por lo que no advirtió irregularidad en la igualdad de los participantes. Desestimó además la alegación de falta de respuesta del Servicio Civil, pues ésta se había emitido. En consecuencia, cursó la resolución por estar ajustada a derecho y rechazó el reclamo.