Resumen
La Contraloría General de la República determinó que no procedía que la autoridad invalidara un proceso de selección, pues la evaluación de la experiencia profesional, aunque no se ajustó estrictamente a las bases, se aplicó de manera uniforme a todos los postulantes, sin afectar el principio de igualdad ni viciar esencialmente el procedimiento. Además, la invalidación se realizó sin dar previa audiencia al interesado, vulnerando el artículo 53 de la ley N° 18.834. En consecuencia, se ordenó regularizar la situación del trabajador, designándolo nuevamente a contrata en el grado y planta convocados desde la fecha en que cesó en funciones, y pagarle las remuneraciones correspondientes por el tiempo que estuvo separado de sus labores por fuerza mayor.