Resumen
Se debe entender que la resolución reclamada está debidamente fundada al hacer mención del fundamento legal ¿en este caso el artículo 21 del código tributario- que le recuerda al contribuyente que tiene la obligación de probar la verdad de sus declaraciones, y describe los hechos específicos en que radican las objeciones, observaciones o dudas, describiéndolas con un cierto nivel de detalle que permiten tomar conocimiento de en qué consisten y también permiten conocer cuál sería la manera de desvirtuarlas. por otro lado, no es desproporcionado que el servicio niegue la totalidad de la devolución solicitada si, habiendo sido puesto en conocimiento del contribuyente la observación a ciertos elementos que inciden directamente en el cálculo, el contribuyente no coopera positivamente aportando lo que sea necesario para desvirtuar lo que el servicio le observa, pues el órgano fiscalizador se queda sin los elementos de juicio que podrían alivianar su condición. finalmente, cuando yendo al fondo del asunto la reclamante se plantea en sede jurisdiccional reconociendo los errores incurridos en su declaración inicial, lo que primeramente está haciendo es reconocer que el servicio tuvo razón al denegar la devolución originalmente solicitada. enseguida, al presentar los valores que debieron haber sido declarados correctamente, induce a que el tribunal valide una declaración rectificatoria, es decir, por medio de la reclamación no se ha buscado demostrar ante el tribunal que el servicio erró en su actuación, sino que con los antecedentes que ha presentado conduce a que se realice un nuevo cálculo. en el fondo no está reclamando en contra de una resolución para que el tribunal la deje sin efecto, sino que, usando el argumento de un reclamo, está presentando elementos que rectifican su declaración original, corrigiendo las bases imponibles y la cantidad a devolver, cosa que este tribunal no puede hacer ni hará. sería distinto para el tribunal tener que pronunciarse si, corregidas las observaciones, el servicio debe proceder a autorizar la devolución.