La Superintendencia de Salud amonestó al Hospital de Puerto Aysén por incumplir la obli…
Resolución · Superintendencia de Salud · 2013
Resumen
La Superintendencia de Salud amonestó al Hospital de Puerto Aysén por incumplir la obligación de dejar constancia escrita de que informó a sus pacientes sobre la confirmación diagnóstica de un problema de salud, según lo exige el Capítulo VI, Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud y el artículo 24, inciso 2°, de la Ley N° 19.966. En una fiscalización se verificó que, de 20 casos revisados, solo existían 5 constancias de notificación. La autoridad consideró que esta falta vulnera tanto el texto como el espíritu de la normativa del Régimen de Garantías Explícitas (GES), ya que la notificación busca que los pacientes accedan informadamente a los beneficios y puedan exigir la garantía de oportunidad. Por ello, se aplicó la sanción de amonestación.
Normas citadas
Ley N° 19.966
Decreto Supremo N° 136
D.F.L. N° 1
Resolución N° 1600 de 2008
Resolución N° 2064
Artículo 24 de la Ley N° 19.966
Sanciones a prestadores
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un hospital no deja constancia escrita de que informó al paciente sobre su diagnóstico confirmado en el régimen GES?
En este caso, la Superintendencia de Salud amonestó al Hospital de Puerto Aysén porque, de 20 casos fiscalizados, solo 5 tenían constancia de notificación. Consideró que esa omisión vulnera la normativa GES, pues la notificación permite al paciente acceder informadamente a sus beneficios y exigir la garantía de oportunidad.
¿Por qué es importante que el paciente sea notificado del diagnóstico confirmado dentro del GES?
Según este dictamen, la notificación busca que los pacientes accedan informadamente a los beneficios del Régimen de Garantías Explícitas en Salud y puedan exigir la garantía de oportunidad. La exigencia se funda en el artículo 24, inciso 2°, de la Ley N° 19.966 y en el Capítulo VI, Título IV del Compendio de Normas Administrativas de la Superintendencia.
¿Qué sanción puede aplicar la Superintendencia de Salud por incumplir la obligación de notificar el diagnóstico en el GES?
En este caso, la Superintendencia aplicó la sanción de amonestación al prestador por incumplir la obligación de dejar constancia escrita de la notificación. La autoridad sostuvo que la falta vulnera tanto el texto como el espíritu de la normativa GES.
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