Resumen del criterio jurisprudencial
Alberto Guzmán Alcalde solicitó un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas en 2005, pero la Dirección General de Aguas (DGA) rechazó su solicitud en 2012, tras declararse una zona de restricción en el lugar. El reclamante interpuso recurso de reconsideración y luego reclamación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual rechazó su reclamo. Guzmán recurrió de casación en el fondo, argumentando que la DGA tardó injustificadamente en resolver y que se aplicó retroactivamente la declaración de zona de restricción. La Corte Suprema rechazó el recurso, señalando que el solicitante solo tenía una mera expectativa y no un derecho adquirido, y que la autoridad debía ajustarse a la legalidad vigente al momento de resolver, incluyendo la falta de disponibilidad del recurso hídrico. La sentencia confirmó que la tardanza administrativa no vicia la resolución si esta se ajusta a la normativa aplicable.