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El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de trans…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa interpuesto contra un centro de formación técnica de la Región de O'Higgins. Se constató que el organismo no contaba con sitio electrónico de transparencia activa, infracción que fue subsanada durante la gestión del caso. Además, en la revisión del sitio web se observó que no se contemplaban todas las materias exigidas por el artículo 7° de la Ley de Transparencia. Por ello, se tuvo por subsanada la infracción y se requirió al centro dar pleno cumplimiento a dichas normas, lo que podrá verificarse en futuros procesos de fiscalización.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Resolución Exenta N° 500 de 2022
  • Oficio N° 003
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público no tiene sitio electrónico de transparencia activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el reclamo porque el centro de formación técnica no contaba con sitio de transparencia activa, pero la infracción fue subsanada durante la tramitación. Además, se le requirió cumplir plenamente con las materias del artículo 7° de la Ley de Transparencia.

¿Qué materias debe publicar en transparencia activa un organismo según el artículo 7° de la Ley de Transparencia?

El Consejo observó que el sitio web del centro de formación técnica no contemplaba todas las materias exigidas por el artículo 7° de la Ley N° 20.285. Por ello, se le requirió dar pleno cumplimiento a esas obligaciones, lo que se verificará en futuras fiscalizaciones.

¿El Consejo para la Transparencia sanciona siempre la falta de transparencia activa o puede tener por subsanada la infracción?

En este caso, el Consejo tuvo por subsanada la infracción de transparencia activa, ya que el organismo regularizó la falta durante la gestión del reclamo. Aun así, le exigió cumplir completamente con las normas y advirtió que ello podrá verificarse en procesos de fiscalización posteriores.

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