El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Dirección del T…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Dirección del Trabajo, que solicitaba la entrega del acta de constitución de un sindicato con la nómina de sus afiliados. El Consejo consideró que la información sobre la afiliación sindical constituye un dato personal protegido por la ley N° 19.628 y el artículo 19 N° 4 de la Constitución, por lo que es reservada conforme al artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia. Se aplicó el criterio de decisiones previas del Consejo. Al rechazar el amparo, no se pronunció sobre la entrega del acta tarjada por resultar inoficioso.
Normas citadas
Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
Constitución Política de la República
Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir vía Ley de Transparencia la nómina de afiliados de un sindicato?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo y sostuvo que la información sobre afiliación sindical es un dato personal protegido por la Ley 19.628 y el artículo 19 N° 4 de la Constitución, por lo que es reservada según el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.
¿La afiliación sindical es un dato personal protegido en Chile?
En este caso, el Consejo consideró que la afiliación sindical constituye un dato personal protegido por la Ley 19.628 y por el artículo 19 N° 4 de la Constitución. Aplicó además el criterio de decisiones previas del Consejo.
¿Puede el Consejo para la Transparencia ordenar entregar el acta tarjada de un sindicato?
En este caso, al rechazar el amparo contra la Dirección del Trabajo, el Consejo no se pronunció sobre la entrega del acta tarjada, por resultar inoficioso.
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