Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en el caso caratulado 'Reciclados Industriales S.A. con SII', ordenó previamente a la reclamante subsanar su escrito de reclamación en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento del artículo 125 del Código Tributario. Al no cumplir con dicha orden, el tribunal resolvió tener por no interpuesta la reclamación de fecha 17 de junio de 2015. La decisión se notificó a la reclamante por carta certificada y a la reclamada mediante publicación en el sitio web del tribunal, conforme al artículo 131 bis del mismo código. El fallo fue dictado por el juez titular Oscar Meriño Maturana.