Resumen del criterio jurisprudencial
Reclamo presentado por Servicios y Productos Publicitarios Limitada contra el Servicio de Impuestos Internos ante el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago. El tribunal apercibió a la reclamante mediante resolución de fecha 10 de abril de 2014 para que cumpliera con cierta orden, bajo apercibimiento de tener por no presentada la reclamación. Ante el incumplimiento, el tribunal aplicó el apercibimiento y resolvió tener por no presentada la reclamación, de conformidad con el artículo 125 del Código Tributario, ordenando además notificar mediante carta certificada según el artículo 131 bis del mismo código. La decisión fue proveída por el juez titular Oscar Meriño Maturana y autorizada por la secretaria subrogante Karla Ramos Narváez.