Laboral

1) El otorgamiento por parte de la empresa Cristalerías de Chile S.A. de permisos sindi…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2000

Resumen

1) El otorgamiento por parte de la empresa Cristalerías de Chile S.A. de permisos sindi­cales superiores a los mínimos legales y el pago de remunera­ciones por dichos períodos a los diri­gentes del Sindicato de Trabajadores Nº 2, consti­tuye la forma como las partes han entendido y aplicado las estipulaciones conte­nidas en el ar­tículo 9 del Título III del contrato colectivo que las rige y, por tanto, la empresa en referencia no pudo des­con­tar de sus remuneraciones el tiempo superior a ocho horas de permiso sin­dical uti­lizado para desarrollar las funcio­nes propias de sus cargos, sin perjuicio del derecho que le asiste al empleador, en virtud de la facultad de organizar, dirigir y administrar la em­presa, de controlar el uso de dichas horas de permiso sindi­cal, tanto den­tro como fuera de la empresa. 2) Los dirigen­tes sindi­cales deberán utili­zar los permisos a que tienen derecho, en vir­tud de la ley o la convención, en funciones pro­pias de su cargo, no pu­diendo, en caso alguno, efec­tuar, durante di­chas horas, acti­vidades ajenas a aquellas, por cuanto ello implicaría infringir la norma contenida en el artículo 1546 del Código Civil, que consagra el princi­pio de la buena fe que debe imperar en la cele­bración de todo contrato.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Código Civil
  • Artículo 1546 del Código Civil
  • Artículo 249 del Código del Trabajo
  • Artículo 3º del Código del Trabajo
  • Artículo 306 del Código del Trabajo

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.