Administrativo

No procede computar en la pensión del interesado el incremento previsto en el artículo…

Resumen del criterio jurisprudencial

No procede computar en la pensión del interesado el incremento previsto en el artículo 2° del decreto ley N° 3.501, de 1980 y la bonificación establecida en el artículo 3° de la ley N° 18.556.

ContraloríaCGRdictamen

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.