Laboral

1) Los profesionales de la educación del sector municipal que reúnan los requisitos par…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 1997

Resumen

1) Los profesionales de la educación del sector municipal que reúnan los requisitos para jubilar anticipadamente en el régimen de las Administradoras de Fondos de Pensiones a quienes el empleador ponga término a los contratos con acuerdo del trabajador, o que terminen por decisión del propio trabajador, dentro de un plazo de seis meses contado desde la vigencia de la ley 19.504, tendrán derecho al pago de la indemnización legal por años de servicio del artículo 7º de la ley; y 2) Procede computar para la indemnización por años de servicio del artículo 7º de la ley 19.504 servicios discontinuos prestados al mismo empleador del sector municipal, a menos que ya se hubieren considerado para el pago de indemnización por terminación de contrato.

Normas citadas

  • Ley 19504
  • D.L. 3.500
  • Artículo 7º de la ley 19.504
  • Código del Trabajo
  • Ley N° 19.070
  • Artículo 19 de la ley N° 19.070
  • Artículo 163 del Código del Trabajo

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.