Resumen del criterio jurisprudencial
• resultado de la causa: el tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento especial de vulneración de derechos, resolvió acoger el reclamo, atendido que conforme a la prueba rendida, resultó forzoso concluir que el servicio nacional de aduanas aplicó la sanción pecuniaria establecida en el artículo 154 de la ordenanza de aduanas por concepto de presunción de abandono, en circunstancias que, de acuerdo a los presupuesto de hecho analizados, al tratarse de una mercancía que fue retirada ilegalmente del almacén particular, desconociéndose su destino, no podría haberse abandonado, siendo inaplicable el recargo del artículo 154 de la ordenanza de aduanas.