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El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad.

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad. Declaró inconstitucional el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, por vulnerar el principio de proporcionalidad de las penas al impedir al juez ponderar las circunstancias del caso concreto. En cambio, rechazó la impugnación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, por estimar que el legislador puede fijar el marco penal y limitar la discrecionalidad judicial sin afectar la igualdad ni la proporcionalidad, especialmente en delitos de violencia de género, uso de armas o tráfico de drogas. El fallo se fundó en que la inaplicabilidad es un control concreto y que, en el caso, la exclusión de penas sustitutivas no resultó desproporcionada.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 17, inciso B, de Ley N° 17.365
  • artículo 65, de Código Penal
  • artículo 66, de Código Penal
  • artículo 67, de Código Penal
  • artículo 68, de Código Penal
  • artículo 69, de Código Penal
  • artículo 3, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la pena

Preguntas frecuentes

¿El juez puede rechazar la aplicación de penas sustitutivas por el solo hecho de que la ley lo prohíba, aun si el caso concreto lo haría desproporcionado?

En este caso, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, porque impedía al juez ponderar las circunstancias del caso concreto y vulneraba el principio de proporcionalidad de las penas.

¿El legislador puede limitar la facultad del juez para imponer penas sustitutivas en ciertos delitos sin vulnerar la igualdad ni la proporcionalidad?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó la impugnación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, al estimar que el legislador puede fijar el marco penal y limitar la discrecionalidad judicial sin afectar la igualdad ni la proporcionalidad.

¿Procede el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad para cuestionar normas penales en un caso concreto?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la inaplicabilidad es un control concreto, y que la exclusión de penas sustitutivas no resultó desproporcionada en el caso analizado, por lo que acogió el requerimiento solo respecto de una de las normas impugnadas.

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